SUBVENCIONES PARA EMPRESARIOS

ADEMA cuenta con una línea de ayudas Leader para subvencionar los proyectos de creación, ampliación, modernización o traslado de empresas que se ejecuten en alguno de los  los 49 municipios de su ámbito de actuación (Sureste de la provincia de Soria). Si estás interesad@ o quieres más  información, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos  a que tu proyecto se haga realidad.

RESUMEN CONVOCATORIA DE AYUDAS LEADER DE ADEMA  A PROYECTOS PRODUCTIVOS

 

I. BENEFICIARIOS.

Nuevos empresarios o PYMES ya establecidas

Requisitos de las PYMES:

     Trabajadores: menos de 250
     Volumen anual de negocio = ó < de 50 millones de Euros
     Balance general anual = ó < de 43 millones de Euros

II. TIPOS DE PROYECTOS

II.1. CON CREACIÓN DE EMPLEO OBLIGATORIA

a) Creación de empresas

b) Ampliación de empresas que suponga incremento de la producción o inicio de una nueva actividad que implique un cambio radical en el producto o en los procedimientos de producción.

c) Traslado de empresas: siempre que realicen nuevas inversiones en activos fijos y mejore la productividad.

II.2. CON INCREMENTO O MANTENIMIENTO DE EMPLEO.

a) Modernización de empresas. Siempre que incrementen el nivel de productividad de forma sensible o mejoren el nivel de impacto ambiental o la accesibilidad.

III. REQUISITOS DE LOS PROYECTOS – PROMOTORES.

* No haber iniciado las inversiones a la fecha de solicitud de ayuda. En caso de haberlas iniciado sólo serán subvencionables las inversiones no ejecutadas, cumpliendo determinados requisitos.
* Llevar a cabo el proyecto en la zona de actuación de ADEMA.
* Ser viable técnica, económica y financieramente.
* Cumplir todos los requisitos legales correspondientes.
* Mantener el destino de las inversiones y los puestos de trabajo durante al menos los tres años siguientes al pago final de la ayuda.
* Encontrarse al corriente de las obligaciones con HP y la SS (o tener concedido aplazamiento o moratoria).

IV. GASTOS SUBVENCIONABLES.

a) Construcción, adquisición (límite 25% de la inversión total auxiliable) y/o acondicionamiento de bienes inmuebles.

b)  Adquisición de terrenos (límite 10% de la inversión total auxiliable) y acondicionamiento de los mismos).

c)  Maquinaria, instalaciones, utillaje y mobiliario NUEVOS                        

d) Equipamiento relacionado con la actividad a desarrollar:

     Equipos para procesos de información y comunicación.
     Elementos de transporte interno.
     Vehículos: Sólo para inversiones relativas a turismo activo y servicios sociales (en este último caso deberá tratarse de vehículos que incorporen algún tipo de adaptación especial, necesaria para la prestación de servicio a que vayan a destinarse)

     Adaptación y carrozado específico de vehículos para su utilización según las necesidades del proyecto, siempre y cuando dichas actuaciones acompañen a otro tipo de inversiones y sean complementarias de las mismas.

e) Costes generales: como remuneración por la redacción y ejecución del proyecto, estudios de viabilidad y adquisición de patentes y licencias, hasta un 12% de la inversión total auxiliable.

INVERSIÓN MÁXIMA SUBVENCIONABLE: 1.000.000

 

V. PRINCIPALES LIMITACIONES Y EXCLUSIONES

V.1. GENERALES

* Excluidas las inversiones del sector primario
* Las inversiones y gastos anteriores a la fecha de solicitud de ayuda (excepto honorarios técnicos y gastos de estudios de viabilidad cuando se solicite expresamente su admisión).
* El IVA, salvo que no sea recuperable o compensable.
* La adquisición de equipos de segunda mano.
* Los gastos propios del desarrollo habitual de la actividad del promotor (suministros, gastos de personal, alquileres….)
* Las meras reparaciones, obras de mantenimiento o sustitución de equipos o de maquinaria sin que supongan mejoras.

V.2. ESPECIFICAS

* Los  equipos informáticos destinados a la administración o contabilidad de la empresa o entidad salvo que sea de nueva creación  o se destinen específicamente a la mejora de la producción.
* La adquisición de terrenos y naves o la construcción de estas últimas si no van acompañadas de otro tipo de inversiones subvencionables (maquinaria, mobiliario, equipos para procesos de información….) que representen al menos el 10% del total de la inversión (IVA excluido). Se podrá subvencionar con los límites aplicables únicamente la parte del terreno que se adquiera y sea razonable en relación a la actividad y que esté afecto a la misma.
* No serán subvencionables los apartamentos turísticos.
* No serán subvencionables las pensiones.
* No serán subvencionables las casas de turismo rural.
* Tampoco serán subvencionables aquellos proyectos de nueva creación  ubicados en localidades en las que exista un exceso de oferta en relación a la demanda, a no ser que incluyan alguna novedad con respecto a los existentes.
 

VI. INTENSIDAD DE LAS AYUDAS.

VI.1. PORCENTAJES DE AYUDA.

1) Límite % de subvención:

Hasta el 25% para medianas empresas
Hasta el 35% para pequeñas empresas y microempresas (menos de 50 trabajadores y volumen anual de negocios o balance general anual no superior a 10 millones de €)

VI.2. LIMITE DE AYUDA POR PROYECTO:

* 150.000 €
* + 20.000 € más por cada puesto de trabajo creado por encima de 5 hasta llegar a 250.000,00 €.

 

VI.2. POR PROMOTOR: 1. Si un mismo promotor presenta más de un proyecto productivo, la ayuda máxima leader al conjunto de los proyectos que el Grupo de Acción Local ADEMA podrá otorgarle será de 250.000,00 €. 2. En el presente programa, un mismo promotor no podrá presentar más de dos proyectos de adquisición de maquinaria.
 

VII. COMPATIBILIDAD

Son compatibles con ayudas nacionales otorgadas por otras administraciones no cofinanciadas con fondos europeos.
Compatibles con ayudas cuya finalidad sea minorar el coste de la financiación privada de un proyecto concreto, entendiendo como tal aquella destinada a disminuir el coste de los avales y/o bonificación de intereses de los préstamos.
Límites de la compatiblidad: en porcentaje: 25% (mediana empresa) y 35% pequeña  y microempresa). 

 

VIII. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Convocatoria abierta. Lugar de presentación:  en ADEMA, Plaza Mayor, 2 – 42200 Almazán (Soria). Tfno: 95301531. E mail: info.adema@adema.es.

Las ayudas LEADER proceden de Fondos Europeos (Feader 80%),la Junta de Castilla y León 14% y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación 6%.

Plaza Mayor, 2
42200 - Almazán , Soria

info.adema@xxadema.es

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